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  Causal Decimo Segunda
  Ajedrez

 

De los procesos sobre rendición de cuentas conocerá también el juez que corresponda al centro principal de la administración.

 

Sala de Casación Civil

 

 
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1100102030002012-00478-00 [16-04-2012]

Fecha: 16 de abril de 2012
Ponente: Ariel Salazar Rodríguez
Proceso: Rendición de Cuentas

Juzgados: 40° Civil del Circuito de Bogotá – 2° Civil del Circuito de Villavicencio


Asunto: Se desarrolló un conflicto de competencia entre los Juzgados civiles del circuito de Bogotá y Villavicencio, para conocer un proceso de rendición de cuentas provocada, pues el primer despacho citado rechazó las diligencias al considerar que la competencia se debería radicar conforme el domicilio del demandado y las envió a Villavicencio. El segundo juzgado rehusó su conocimiento toda vez que conforme al domicilio de la sociedad sobre la cual se pretendía la rendición de cuentas es Bogotá.

 La Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia, decidió radicar la competencia en el juzgado de Bogotá, al encontrarse varios foros concurrentes era elección del demandante escogerlos y para el caso fue el domicilio de la administración de la sociedad.